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Tributación, El Gran Hermano

Monday 22 November, 2010


Rafael Luna Rodríguez
La República, Costa Rica

Sorpresivamente hemos visto como un texto sustitutivo del anterior “Proyecto de Ley para el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal”, de repente y de raíz, eliminó la necesidad de un juez que autorice el levantamiento del secreto bancario a los ciudadanos.

Pero además, dicho proyecto contiene otra serie de graves problemas a saber: 1) Lo fundamental es que ya que se procura eliminar el secreto bancario a efectos tributarios, se pretenda hacer sin que ni siquiera sea necesario informar debidamente al contribuyente de que se está obteniendo esa información. 

2) Dicha solicitud de información solo debería darse durante un proceso de fiscalización, ya que al no mencionarse este requisito, significa que la Administración Tributaria podría pedir la información bancaria del país entero, sin ningún tipo de límite. 

3) El proyecto no indica qué funcionario de la Administración Tributaria está facultado a solicitar dicha información, y dado que no se puede distinguir donde la ley no distingue, implica que hasta un mensajero de la Administración podría solicitarla dado que forma parte de ese ente. 

4) No se limita el tipo de información que debe entregar la institución financiera. Dicha información, aparte de saldos y movimientos, puede contener la descripción de compras o actividades del contribuyente que no tengan absolutamente ninguna relación con su situación tributaria y que verdaderamente sean parte del “núcleo duro” del derecho a la intimidad que no puede vulnerarse ni siquiera a efectos tributarios.

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