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Algunas de las falencias legislativas

Thursday 06 October, 2011


Jorge Maradiaga
La Tribuna, Honduras

El enunciado del presente artículo está íntimamente vinculado a lo que se conoce con el nombre de sistematización legislativa, lo que hoy en día y al amparo de la adecuada utilización de las tecnologías de la información y la comunicación se torna un imperativo.

En más de alguno de nuestros artículos, publicados en este prestigiado diario, hemos señalado la falta de sistematicidad legislativa que se advierte en nuestra querida patria, pues el Congreso Nacional emite una cantidad de Leyes, en algunos casos con grandes incongruencias entre sí, resultando imposible determinar su alcance y vigencia, pues simple y sencillamente se recurre al expediente de incorporar una norma o disposición al final de cada Ley que ordinariamente estipula lo siguiente: “Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al espíritu y contenido de la presente Ley”.

Ante esta realidad, la gran pregunta que de inmediato aflora es: ¿Y cuáles son las disposiciones que se oponen a dicha Ley? Hoy en día con el auxilio de la informática debería procederse a una sistematización, de tal manera que permita el acceso fácil y expedito del usuario a su contenido de acuerdo a las distintas ramas del saber. En tal sentido sería recomendable que las normas se agrupen por rubros o acápites, así por ejemplo, si se quieren consultar lo relativo al ámbito fiscal o tributario, con un simple clic se estaría accediendo a las disposiciones vigentes en tal sentido. Lo mismo en el ámbito laboral, mercantil, penal etc.

A efecto de facilitar el acceso a la información, la página web del Congreso Nacional (www.congreso.gob.hn) debería ser totalmente interactiva, de tal manera que en tiempo record se acceda a todo tipo de información. Esto no debe verse como una utopía, sino más bien como una necesidad ingente de la sociedad actual en constante transformación.

Como se recordará nuestro actual Código de Comercio data desde 1950 (hace 6 décadas un año), el cual fue considerado en su momento como uno de los instrumentos jurídicos más actualizados, pues sus fuentes primigenias fueron el Código Civil Italiano (preparado por el tratadista italiano Tulio Ascarelli) y el Código Suizo de las Obligaciones; empero el transcurso del tiempo ha conducido a que muchas de sus disposiciones ya no tenga aplicación práctica.

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