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Atropello del TSE: Luz de alerta

Thursday 29 September, 2011


Miguel Lacayo
El Salvador.com, El Salvador

Tres magistrados que responden a la coalición FMLN-GANA y que tienen mayoría simple en el TSE se brincaron las trancas de la ley electoral, violaron el principio de mayoría calificada que exige cuatro votos (4 de 5), y, sentando un nefasto precedente, emitieron un fallo con el que pretenden ordenar la cancelación del PCN y PDC.

Para colmo, encima de la ilegalidad, reconocen en la misma resolución que la ley les manda a tomar este tipo de decisiones con cuatro y no con tres votos. La democracia en el país, bien que mal, ha funcionado por que no se han arrojado a un lado los contrapesos y el partido previamente en el poder, ARENA, no hizo uso de estas artimañas, reconociendo lo dañinas que pueden ser a mediano y largo plazo para el país.

La mayoría calificada se exige para evitar el atropellamiento de la voluntad de la minoría. La mayoría simple, como lo estipulan los Acuerdos de Paz, no es suficiente para emitir este tipo de resoluciones y proteger a las minorías. Esta resolución sienta además un pésimo precedente. La Ley exige que sean cuatro votos, pero al no alcanzarlos, los tres magistrados con este acto de hecho han dicho "como no llegamos a un acuerdo vamos a imponer la decisión". Igualmente podrían actuar otras instancias legales a las que, por similares razones, se les exige mayoría calificada en sus decisiones. El mismo TSE podría comenzar a decidir con tres votos cuando le convenga si se le permite burlar la ley en esta ocasión.

Con este precedente, el TSE podría, por ejemplo, exigir con tres votos el DUI renovado a los votantes para que puedan ejercer el sufragio en las próximas elecciones, dejando fuera de la contienda electoral a 600,000 personas que no renovaron su DUI. La Constitucion no exige que el votante tenga DUI, ni siquiera existía cuando esta entró en vigencia, solo exige que esté inscrito en el padrón electoral. En contraste, veamos a Guatemala adonde se puede votar con licencia, partida de nacimiento, pasaporte, o cédula de tal forma que se facilite la participación en este acto cívico.

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