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Blanqueo de dinero

Monday 20 September, 2010


Leonel Guerra Saravia
Prensa Libre, Guatemala
 
Los guatemaltecos debemos reconocer el buen trabajo de nuestros gobernantes; en esta oportunidad felicitamos el buen trabajo y la buena voluntad que ha demostrado últimamente el vicepresidente de la República, doctor Rafael Espada, quien está luchando contra el blanqueo de dinero y el uso de ONG para ejecutar obras públicas en Guatemala.
 
Señaló con la franqueza que lo caracteriza que el sector bancario y el de la construcción son las principales fuentes de lavado. Reveló que para actuar llegan algunos grupos a comprar la deuda del Gobierno con dinero producto de actividades ilícitas. Para comprender mejor el tema debemos saber que el blanqueo de dinero es un proceso mediante el cual se oculta el origen de unos fondos, generados de un modo ilegal —tráfico de drogas, contrabando de armas, corrupción, etcétera—. El objetivo de la operación, que suele efectuarse en varias etapas, consiste en que parezca que un capital y unos activos que se han obtenido ilegalmente provienen de una fuente legítima y en introducirlos en la circulación económica.
 
Desde la década de 1970, la escalada del mercado de la droga y la globalización del crimen organizado han hecho que aumente la conciencia colectiva, en cuanto al problema del blanqueo de dinero. En el 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas ratificó el primer tratado mundial contra la corrupción, en el cual indica que todo dinero obtenido por medio del delito de lavado de dinero y sus derivados sea devuelto a los países de donde fueron sustraídos. A este tratado lo llamaron Convención contra la Corrupción, el cual propone penas a delitos como el soborno, lavado de dinero y malversación de fondos públicos.
 
Este acuerdo es un arma favorable internacionalmente para combatir el lavado de dinero y los delitos que proceden de ello. Suiza ha puesto en práctica medidas preventivas y represivas contra el blanqueo de dinero, en forma de herramientas modernas y globales que activan unos procedimientos eficaces dentro del mismo banco y a escala internacional. Un juez de instrucción suizo tiene derecho a realizar un registro de un banco, en el contexto de un caso penal. El registro ha de estar justificado por unas pruebas descubiertas de un modo preciso y objetivo —es decir, tiene que haber pruebas— y ha de llevarse a cabo con exactitud.
 
Si el fiscal teme que la investigación pudiera hacer que el sospechoso retirara sus tenencias, el juez de instrucción puede realizar un registro por sorpresa u ordenar al banco que congele las cuentas del sospechoso. Solamente los magistrados suizos y, en el caso de una investigación administrativa, determinados funcionarios federales suizos pueden interrogar a un banquero. Por otra parte, el embajador de EE. UU., Stephen McFarland, con la intención de ayudar al combate de ese flagelo de Guatemala, firmó con el presidente de Congreso, Roberto Alejos, una carta de entendimiento, dando apoyo técnico y de capacitación por Q1.6 millones; con esto se podrá impulsar la creación de leyes para fomentar la transparencia y combatir la corrupción.