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El INSS y el no registro de su deuda

Tuesday 14 August, 2012


Jorge A. Toledo Aguilar
La Prensa, NIcaragua

El Arto. 23 de la Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) en el inciso c) indica que una de sus fuentes de recursos será el aporte del Estado. Su Reglamento en el Arto. 22 ordena que el Ministerio de Finanzas enterará mensualmente la suma que le corresponde pagar al Estado en concepto de este aporte, mediante presentación de la respectiva liquidación. Esto no se cumple para el INSS pero sí para militares y policías por transferencias presupuestarias al IPSM y al ISSDHU. Castas privilegiadas.

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