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El Salvador: Incentivos para exportación de servicios

Thursday 14 February, 2013


Una mayor variedad de empresas, así como una amplia gama de operaciones, pueden beneficiarse de varios incentivos a la exportación de servicios, tras la aprobación el mes pasado por la Asamblea Legislativa de El Salvador de una reforma a la Ley de Servicios Internacionales, que se espera entren en vigor próximamente.

Bajo las nuevas reglas, cualquier empresa puede beneficiarse de una serie de exenciones fiscales, independientemente de si se encuentre o no en un parque de servicios, siempre y cuando cumpla con los nuevos requisitos de la ley.

La nacionalidad de los propietarios de la empresa tampoco afecta la posibilidad de obtener los incentivos.

A partir de que entre en vigencia la reforma, el Ministerio de Economía podrá autorizar como un centro de servicios, las instalaciones de una empresa exportadora, ubicada en territorio nacional, cuyo negocio consiste en la prestación de servicios en procesos empresariales a distancia, conocidos por sus siglas en inglés como “BPO” a clientes extranjeros.

Además, los call centers que ahora funcionan en el país, así como nuevos que se instalen a futuro, podrán ofrecer una gama más amplia de servicios, incluidos el uso de otras tecnologías diversas al teléfono, como los mensajes de texto, “chat” y correo electrónico.

Anteriormente, los incentivos a la exportación limitaban la forma en la que los servicios podrían ser exportados, los lugares que podrían ser autorizados como centros de servicio y los medios por los que se podían brindar.

Las empresas nacionales con operaciones en el extranjero también se beneficiarán de las nuevas normas, que eximen tipos diferentes de BPO, siempre que para obtener los beneficios realicen nuevas inversiones tal como la ley lo requiere.

Bajo las nuevas reglas, una empresa salvadoreña puede recibir los incentivos, independientemente del lugar en que se encuentra, cuando la casa matriz proporciona a una filial en el extranjero varios servicios, tales como contabilidad, recursos humanos y mercadeo.

Bajo el antiguo sistema, solo las empresas nacionales que operan en un parque de servicios, que para el caso se asemeja a una zona franca, podría contar con la exención de impuestos para la exportación de servicios de esta naturaleza.

Para ser designado como un centro de servicios, la empresa deberá solicitar al Ministerio de Economía, y cumplir con los requisitos diversos, incluidos los niveles mínimos de inversión y creación de empleo.

Al cumplir con el programa, la empresa no paga ni el arancel ni el IVA en la importación de la mayoría de los equipos, que utiliza en la prestación de los servicios de exportación. Estaría además exenta del impuesto a la renta y el impuesto municipal, sobre las ganancias derivadas de este tipo de operaciones.

Para mayor información, por favor comuníquese con el Dr. Diego Martín en [email protected] o (503) 2209-1600