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Incentivos para repetir

Tuesday 09 November, 2010


José Alejandro Arévalo Alburez
El Periódico, Guatemala
 
Este año 2010 se inició con el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado que estuvo vigente el año pasado, 2009, elaborado en 2008. Es lamentable, aunque posible, que esta misma situación suceda con el presupuesto para 2011; al igual que el proyecto 2010, el proyecto 2011 pudiera volver a ser descartado en el seno del Congreso de la República porque los incentivos perversos para no aprobarlo son los mismos que existían el año pasado. 
 
En otras palabras, es posible que en 2011 sigamos con el presupuesto 2009, con cambios en cifras pero en medio de un absoluto desbarajuste, pero tolerable y conveniente para algunos, porque “en río revuelto, ganancia de pescadores”. Aunque al Ministerio de Finanzas le implica un enorme esfuerzo de adaptación y ajuste, para el Organismo Ejecutivo el desorden de mantener el mismo presupuesto y atenerse a normas permisivas pudiera favorecerle, si su intención fuera actuar con opacidad y mano libre.
 
El proyecto de presupuesto para 2010, que no fue aprobado, contenía normas que, si ahora fueran aprobadas por el Congreso, mejoraría el control, transparencia y fiscalización de las finanzas públicas. Una de las principales preocupaciones sin resolver es la generación de deuda flotante, compromisos con contratistas e incorporación de empleados sin respetar techos presupuestarios; todo aparentemente sin el conocimiento (o quizás en contubernio) del Ministerio de Finanzas.
 
Para prevenir la deuda flotante espuria, las normas establecían prohibición expresa para negociar, suscribir o ampliar contratos administrativos o de otra índole, para obras de infraestructura o suministros al Estado, así como para autorizar el pago de sobrecostos, si previamente no se contaba con el respaldo presupuestario y financiero. Registro, control y seguimiento oportuno de convenios con Organizaciones No Gubernamentales (ONG), asociaciones y organismos bilaterales, multilaterales o internacionales, así como la celebración y control estricto de convenios para la ejecución de programas y proyectos, son algunas de estas normas.
 
Todas las unidades ejecutoras de fondos en fideicomiso o mediante convenios, debían registrar el avance de ejecución del contrato, previo a la autorización de más desembolsos. Transparentar el uso de los fondos manejados por los Consejos de Desarrollo y coordinar las inversiones con el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) de Segeplan, era otra de las normas.