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Trabajo doméstico remunerado

Friday 30 March, 2012


Eddy Martínez Rivera
El Nuevo Diario, Nicaragua

En materia laboral el trabajo doméstico remunerado es desarrollado por aquellas personas que prestan servicios propios del hogar a una persona natural o a una familia, en la casa de habitación de esa persona o familia, de forma habitual o continua, y sin que ese servicio genere lucro o negocio para el empleador. Entre estos trabajadores tenemos al conductor, al portero, al vigilante, al jardinero, a la cocinera, a la niñera, a la que lava y/o plancha, el ama de llaves.
El trabajo doméstico remunerado es una de las varias condiciones especiales de trabajo, y tiene los mismos derechos que el resto de personas trabajadoras, por lo que, a quienes lo hacen se les debe reconocer sus prestaciones sociales como salario no inferior al mínimo, vacaciones, decimotercer mes, indemnización por antigüedad, horas extras.

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